El perfil del Intendente es el de ser el representante natural e inmediato del Presidente de la República de Chile en la Región de su jurisdicción y por defecto en quien reside el gobierno interior de la misma. Es un cargo nombrado por el Presidente de la Nación (Sebastián Piñera E.) y se mantiene en sus funciones mientras cuente con su confianza. También es dependiente jerárquicamente del Ministerio del Interior. Asimismo, como órgano descentralizado administrativamente, el intendente es el órgano ejecutivo del gobierno regional y preside el Consejo Regional. Definido el perfil de este alto cargo del Poder Ejecutivo en Chile, es de relevancia lo que ocurre por estos días a la Intendenta de la Región del Bío – Bío (Octava) Sra. Jacqueline van Rysselberghe Herrera.
Vale señalar que la mencionada Intendenta fue Alcaldesa de la Ilustre Municipalidad de Concepción, principal comuna y ciudad de la región, entre los años 2000 y el año 2010. Durante ese período ostentó el cargo de Alcalde, que resulta de sufragio popular, cuando recibió el nombramiento referido que la elevó al cargo de confianza señalado al comienzo.
El tema en cuestión es la denuncia realizada por el Diputado Alejandro Navarro, quien hizo pública ante la ciudadanía una grabación de audio, que se obtuvo en una reunión de la Intendenta con vecinos de la población Aurora de Chile de Concepción que alberga a unas 2000 personas aproximadamente, en cuya circunstancia la autoridad ofrecía participación en el Proyecto de Subsidios Habitacionales, “también” a quienes no cumplieran con requisitos de inhabitabilidad, indistintamente de que lo ameritaran o no. Todo esto producto del terremoto de Febrero 27 de 2010, que dejó en ese lugar llamada “Zona Cero” y sus alrededores, a miles de familias de bajos recursos con sus casas o destrozadas o inhabitables, personas que hasta hoy esperan soluciones a sus demandas.
La grabación en cuestión afecta directamente el Proyecto, cuyos montos de inversión alcanzan 6000 millones de pesos chilenos, unos 12,5 millones de dólares americanos. Si bien algunos, en especial la “oposición” al gobierno tienen razón en culpar a la Intendenta de intentar la prevaricación, también es importante expresar que la INTENCIÓN como tal no es válida en un tribunal, ni mucho menos prueba válida en una acusación constitucional. Para que la prevaricación sea válida debe demostrarse administrativamente, hecho que en la actualidad es complejo en virtud de la saludable ejecución de funciones de la Contraloría General de la República.
Lo más relevante en este caso, es la utilización de medios tecnológicos y humanos tras la consecución de una prueba acusatoria, y la escasez de cautela pública demostrada por la autoridad frente a su investidura. Primero porque las autoridades deben actuar y declarar públicamente un discurso equivalente como Gobierno, y segundo, que las reuniones sean en el lugar que sean "siempre" pueden ser grabadas en la actualidad, con autorización o sin ella. Conclusión, es acertada la posición del Gobierno al no pedir la renuncia a la Intendenta frente a estos hechos, solo es desafortunada –otra vez- la voz de la aludida posterior a la reunión con el Ministro del Interior en el Palacio de la Moneda el Lunes pasado (efecto de este asunto) cuando dijo a la prensa: “cuento con el apoyo del Gobierno” (era innecesario decirlo).
Vale señalar que la mencionada Intendenta fue Alcaldesa de la Ilustre Municipalidad de Concepción, principal comuna y ciudad de la región, entre los años 2000 y el año 2010. Durante ese período ostentó el cargo de Alcalde, que resulta de sufragio popular, cuando recibió el nombramiento referido que la elevó al cargo de confianza señalado al comienzo.
El tema en cuestión es la denuncia realizada por el Diputado Alejandro Navarro, quien hizo pública ante la ciudadanía una grabación de audio, que se obtuvo en una reunión de la Intendenta con vecinos de la población Aurora de Chile de Concepción que alberga a unas 2000 personas aproximadamente, en cuya circunstancia la autoridad ofrecía participación en el Proyecto de Subsidios Habitacionales, “también” a quienes no cumplieran con requisitos de inhabitabilidad, indistintamente de que lo ameritaran o no. Todo esto producto del terremoto de Febrero 27 de 2010, que dejó en ese lugar llamada “Zona Cero” y sus alrededores, a miles de familias de bajos recursos con sus casas o destrozadas o inhabitables, personas que hasta hoy esperan soluciones a sus demandas.
La grabación en cuestión afecta directamente el Proyecto, cuyos montos de inversión alcanzan 6000 millones de pesos chilenos, unos 12,5 millones de dólares americanos. Si bien algunos, en especial la “oposición” al gobierno tienen razón en culpar a la Intendenta de intentar la prevaricación, también es importante expresar que la INTENCIÓN como tal no es válida en un tribunal, ni mucho menos prueba válida en una acusación constitucional. Para que la prevaricación sea válida debe demostrarse administrativamente, hecho que en la actualidad es complejo en virtud de la saludable ejecución de funciones de la Contraloría General de la República.
Lo más relevante en este caso, es la utilización de medios tecnológicos y humanos tras la consecución de una prueba acusatoria, y la escasez de cautela pública demostrada por la autoridad frente a su investidura. Primero porque las autoridades deben actuar y declarar públicamente un discurso equivalente como Gobierno, y segundo, que las reuniones sean en el lugar que sean "siempre" pueden ser grabadas en la actualidad, con autorización o sin ella. Conclusión, es acertada la posición del Gobierno al no pedir la renuncia a la Intendenta frente a estos hechos, solo es desafortunada –otra vez- la voz de la aludida posterior a la reunión con el Ministro del Interior en el Palacio de la Moneda el Lunes pasado (efecto de este asunto) cuando dijo a la prensa: “cuento con el apoyo del Gobierno” (era innecesario decirlo).
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