Una vez hecha la denuncia de violación ante los organismos policiales, éstos aplican sus conocimientos y experticia en la búsqueda del culpable, siendo ayudada esa circunstancia por los relatos de las víctimas. El imputado una vez apresado, es expuesto generalmente a los medios de comunicación y luego formalizado ante el tribunal respectivo, el que a su vez propone en virtud de los antecedentes, el tiempo para la debida investigación y sentencia.
Por estos días Cristián López Rocha de 37 años, fue acusado de violación, detenido, expuesto, y declarado en libertad producto de prueba ADN, que lo exonera de responsabilidad en este delito de violación. Mediáticamente este caso ha sido de relevancia, pues se la ha denominado incluso “el violador de Ñuñoa o el violador de la bicicleta”. Con estos elementos, esta situación ha traído al tapete de la discusión el llamado “escudo de la inocencia”, analizado por las policías, el poder judicial, el sistema fiscalizador y los medios de comunicación.
La obtención de pruebas acusatorias y sus protocolos quedan sin duda en “mal pie” en este caso, pues el retrato hablado y la captura de potenciales victimarios sometidos a reconocimiento, basados también en fotografías, muestran claramente debilidades de criterio en su aplicación. Asimismo, la ocasional prueba de laboratorio, no siempre está ni estará a disposición de los jueces, situación que revela una falta de “algo” importante, o de un factor garante para acusar a un eventual imputado. Por otro lado, es notable también y por reconocer, que la estadística de error histórico de las policías es mínima, y por lo tanto, no es comparativa con la existencia de verdaderas culpabilidades.
Pero si observamos con detención la trayectoria de los acontecimientos, inobjetablemente "veremos", que los medios de prensa y comunicación ostentan una responsabilidad mayor en la exposición, pues reparar socialmente la imagen de alguien, es algo definitivamente complejo de revertir. Si bien informar es un derecho, también ese mismo derecho lo tiene el acusado, y en especial también el sistema judicial y de fiscales, que deben siempre trabajar específicamente en la demostración de la culpabilidad o de la inocencia. Todo esto significa, que ciertos conceptos utilizados por los medios quienes deben informar, deben ser prudentes y cautelosos, pues nunca se sabe si estamos frente a un culpable por encarcelar, sino hasta el momento en que se dicta su sentencia como tal.
Todo lo anterior implica, que el derecho de cada ciudadano debe de algún modo protegerse, por tanto se hace necesario exista un equilibrio integral, que caucione y brinde garantías a todos y cada uno, en las etapas de un proceso. De hecho y como conclusión, la rigurosidad se debilita con este acontecimiento, pues hay un victimario libre y un error subrayado por la equivocada publicidad.
Por estos días Cristián López Rocha de 37 años, fue acusado de violación, detenido, expuesto, y declarado en libertad producto de prueba ADN, que lo exonera de responsabilidad en este delito de violación. Mediáticamente este caso ha sido de relevancia, pues se la ha denominado incluso “el violador de Ñuñoa o el violador de la bicicleta”. Con estos elementos, esta situación ha traído al tapete de la discusión el llamado “escudo de la inocencia”, analizado por las policías, el poder judicial, el sistema fiscalizador y los medios de comunicación.
La obtención de pruebas acusatorias y sus protocolos quedan sin duda en “mal pie” en este caso, pues el retrato hablado y la captura de potenciales victimarios sometidos a reconocimiento, basados también en fotografías, muestran claramente debilidades de criterio en su aplicación. Asimismo, la ocasional prueba de laboratorio, no siempre está ni estará a disposición de los jueces, situación que revela una falta de “algo” importante, o de un factor garante para acusar a un eventual imputado. Por otro lado, es notable también y por reconocer, que la estadística de error histórico de las policías es mínima, y por lo tanto, no es comparativa con la existencia de verdaderas culpabilidades.
Pero si observamos con detención la trayectoria de los acontecimientos, inobjetablemente "veremos", que los medios de prensa y comunicación ostentan una responsabilidad mayor en la exposición, pues reparar socialmente la imagen de alguien, es algo definitivamente complejo de revertir. Si bien informar es un derecho, también ese mismo derecho lo tiene el acusado, y en especial también el sistema judicial y de fiscales, que deben siempre trabajar específicamente en la demostración de la culpabilidad o de la inocencia. Todo esto significa, que ciertos conceptos utilizados por los medios quienes deben informar, deben ser prudentes y cautelosos, pues nunca se sabe si estamos frente a un culpable por encarcelar, sino hasta el momento en que se dicta su sentencia como tal.
Todo lo anterior implica, que el derecho de cada ciudadano debe de algún modo protegerse, por tanto se hace necesario exista un equilibrio integral, que caucione y brinde garantías a todos y cada uno, en las etapas de un proceso. De hecho y como conclusión, la rigurosidad se debilita con este acontecimiento, pues hay un victimario libre y un error subrayado por la equivocada publicidad.
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