Escuchando esta melodía recuerdo aquellos días en que mi abuelo oía la emisión radial soviética “Escucha Chile”. Se quedaba dormido mi querido viejo y las noticias se repetían una y otra vez con comentarios y entrevistas que provenían desde nuestro propio país, el que vivía los comienzos de una dictadura que tuvo una duración de 16 años.
Víctor Jara fue compositor de incontables obras musicales, aparte de director de teatro. El autor de la famosa “Te recuerdo Amanda” y también de “El derecho de vivir en Paz”, canción esta última que revelaba su particular modo de pensar, harían que precisamente por ese especial modo de ver la vida, la perdiera. Eran los momentos en Chile en los que la ideología o pensar eran sinónimo de comunista u opositor, por tanto la eliminación o la extradición se produjeron de modo frecuente y al amparo de un Estado ciego de poder.
El 4 de Junio de este año a instancias del juez que investiga el caso, los restos del cantautor fueron exhumados por el Servicio Médico Legal, para someterlos a pericias que ratificaran fundamentalmente la pertenencia. Ahora hace unos días el instituto genético de Innsbruck en Austria, laboratorio al que se le encomendó determinar si los restos señalados como del cantautor eran precisamente de él, sometiendo en ese estudio muestras de ADN tanto de Jara como de sus familiares, sancionó resultados que son dignos de comentar y también de someter a la reflexión.
Las conclusiones tanatológicas confirmaron que los restos exhumados corresponden definitivamente a Víctor Jara, y agregan que el deceso se produjo por “múltiples fracturas por heridas de bala, que provocaron un shock hemorrágico en un contexto de tipo homicida”. El Director del Servicio Médico Legal refiriéndose a los resultados del estudio señaló: “se encontraron más de 30 lesiones óseas producto de fracturas provocadas por heridas de proyectil, más algunas provocadas por objetos contundentes que no corresponden a heridas de bala. También se presentaron fracturas que no son heridas de proyectil". Se concluye entonces, que el autor o los autores del homicidio, se ensañaron, abusaron y asesinaron a un hombre culpable de nada, solo para imponer el poder personal e institucional que la circunstancia les brindaba en el momento.
Es obligación de la humanidad determinar que los crímenes de Lesa Humanidad no prescriban, es obligación de la justicia encontrar a los culpables de aquellos crímenes estén en el sitio que estén, es obligación de cada uno no permitir que se repitan hechos como este, y es obligación finalmente meditar: que la vida no está sometida absolutamente a nada, sino exclusivamente a quien la posee.
Víctor Jara fue compositor de incontables obras musicales, aparte de director de teatro. El autor de la famosa “Te recuerdo Amanda” y también de “El derecho de vivir en Paz”, canción esta última que revelaba su particular modo de pensar, harían que precisamente por ese especial modo de ver la vida, la perdiera. Eran los momentos en Chile en los que la ideología o pensar eran sinónimo de comunista u opositor, por tanto la eliminación o la extradición se produjeron de modo frecuente y al amparo de un Estado ciego de poder.
El 4 de Junio de este año a instancias del juez que investiga el caso, los restos del cantautor fueron exhumados por el Servicio Médico Legal, para someterlos a pericias que ratificaran fundamentalmente la pertenencia. Ahora hace unos días el instituto genético de Innsbruck en Austria, laboratorio al que se le encomendó determinar si los restos señalados como del cantautor eran precisamente de él, sometiendo en ese estudio muestras de ADN tanto de Jara como de sus familiares, sancionó resultados que son dignos de comentar y también de someter a la reflexión.
Las conclusiones tanatológicas confirmaron que los restos exhumados corresponden definitivamente a Víctor Jara, y agregan que el deceso se produjo por “múltiples fracturas por heridas de bala, que provocaron un shock hemorrágico en un contexto de tipo homicida”. El Director del Servicio Médico Legal refiriéndose a los resultados del estudio señaló: “se encontraron más de 30 lesiones óseas producto de fracturas provocadas por heridas de proyectil, más algunas provocadas por objetos contundentes que no corresponden a heridas de bala. También se presentaron fracturas que no son heridas de proyectil". Se concluye entonces, que el autor o los autores del homicidio, se ensañaron, abusaron y asesinaron a un hombre culpable de nada, solo para imponer el poder personal e institucional que la circunstancia les brindaba en el momento.
Es obligación de la humanidad determinar que los crímenes de Lesa Humanidad no prescriban, es obligación de la justicia encontrar a los culpables de aquellos crímenes estén en el sitio que estén, es obligación de cada uno no permitir que se repitan hechos como este, y es obligación finalmente meditar: que la vida no está sometida absolutamente a nada, sino exclusivamente a quien la posee.