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lunes, 18 de noviembre de 2019

SOLUCIONES AL ESTALLIDO SOCIAL, ... visión humilde

Llamativo es el desfile de "expertos", representantes de partidos políticos, opinólogos, y de un cuanto hay por los canales de televisión y radios chilenas, expresando sus posturas y recetas en contexto del movimiento social reciente. Consecuentemente es penoso que todos los personajes que han utilizado tribuna rasgando vestiduras, lagrimeando con suspiros, y atribuyendo responsabilidades de este y otro sector, aún no sean capaces de interpretar verdaderamente los hechos y por ende es preocupante que no haya a la fecha surgido nadie aún que diga sin tapujo cuál es la verdadera problemática que genera la herida hemorrágica que sufre la ciudadanía en la actualidad.

31 días de Descontento Social - La Tercera

La firma de un acuerdo Parlamentario que busca hacerse eco de la demanda ciudadana con la realización de plebiscitos cuyo fin es la modificación de la Carta Magna (Constitución), deja la sensación de mucho menos que gusto a poco. El anuncio presidencial de algún porcentaje de aumento  a la pensiones mínimas y del aumento subsidiado al sueldo mínimo, dejan también la sensación de mucho menos que gusto a poco. En estos dos hechos se basan las soluciones inmediatas que han propuesto el poder legislativo y el ejecutivo a la crisis.

Es justo decir también, que las soluciones inmediatas brindadas a la ciudadanía se enmarcan en esfuerzos mayores y casi desgarradores por parte de los parlamentarios, quienes al parecer tuvieron que negociar hasta su ropa interior en pro de ese "gran acuerdo". Y es justo asimismo, entender que el Ejecutivo estudió empíricamente y con responsabilidad fiscal, los aumentos de las limosnas que recibirán los chilenos que caminan a diario por la línea de la pobreza y de la asfixia económica.

No obstante, los problemas del sistema que frustran e irritan  al "pueblo" aún no han sido atendidos y lo que es peor,  no se vislumbra por parte alguna la solución. Dicho lo anterior pues la modificación constitucional sólo apunta a una evolución política y al mejoramiento (?) de los poderes, no así a los graves abusos y a la displicencia que practica el sistema en su totalidad.

No es de mi particular interés el hecho que tengamos o no una nueva o vieja o manoseada constitución. Es sí de mi mayor preocupación el hecho que no se tomen medidas legales inmediatas en contra del grupo farmacéutico chileno extranjero que ha "cogoteado" a la población con una banda de precios que se puede tildar mínimamente de asesina. Y por tanto continúa hoy y a diario en su descaro.

Es de mi mayor preocupación que los representantes de la ciudadanía en el Congreso de la República, continúen y sigan con sus añejas disputas infantiles, resolviendo asuntos irrelevantes, y haciendo caso omiso de los gritos del movimiento en orden a que sus sueldos son aberrantes. Ojo no solo los sueldos sino también la enorme lista de privilegios que ostentan, por nombrar algunos los pagos de gasolina, viáticos, y gastos anexos a veces impropios.

Preocupa que el Poder Judicial no brinde ninguna señal de rigurosidad, llevando a la cárcel a los ladrones castrenses y policías uniformados que han robado sin vergüenza alguna el dinero que generan los chilenos. Preocupa también que habiendo existido pruebas y sanciones de tribunales, aún no exista en Chile ningún sacerdote violador de niños en la cárcel ni mucho menos cumpliendo pena alguna. Resulta angustioso y dramático que los hechos de colusión, soborno y cohecho dirimidos por los tribunales de la República, solamente ameriten clases de ética estando a todas luces bajo el Código Penal cuyo fin es sancionar delitos (de delincuentes valga la redundancia).

Es de la mayor preocupación que ninguna voz dentro de los Poderes del Estado insistan o puedan o intenten modificar el sistema de AFP, estando aquel supeditado exclusivamente a las Leyes que siempre podrán modificarse. Dicho lo anterior, es evidente que alguien o un grupo de favorecidos está por impedir toda intención que proponga modificar las multimillonarias ganancias de los inversionistas que manejan los dineros de todos los trabajadores chilenos.

El mismo caso anterior se aplica a las aseguradoras privadas de salud llamadas ISAPRE. Sobre el particular un Senador de la República en televisión señaló que el lobby impedía modificaciones a la Ley de Isapres, entendiendo por Lobby un grupo de presión formado por personas con capacidad para intervenir en un gobierno o una empresa en lo relativo a las decisiones políticas o económicas.

La mayoría de las demandas de la calle, están en las leyes que nuestro sistema Parlamentario ha resuelto y negociado. Están en la gestión que un mandatario puede desarrollar y promover. Están en las manos de quienes ostentan el poder económico. Están en definitiva muy lejos de quienes desean que los abusos cesen. Ninguno de los anteriores ha expresado la voluntad de cambiar una coma.

jueves, 27 de mayo de 2010

ISAPRE, ... negocio arbitrario

Entrevista Radial Abogado Pedro Barría - Defensor Usuarios ISAPRES

Obligatorio por Ley en Chile, es la imposición mesual por Salud cuyo porcentaje del Ingreso Imponible está fijado en 7% para cada trabajador. Las cifras globales que ingresan al Sistema de ISAPRE (privado) y FONASA (público o estatal), son enormes si hacemos el ejercicio de calcular la Fuerza Laboral aproximada en 7 Millones de trabajadores, por el 7% ($11.830) del Ingreso Mínimo legal ($169.000.-). Si consideramos entonces además, que las Instituciones de Salud Previsional (ISAPRE) alojan en el sistema los sueldos más onerosos, y por tanto, las imposiciones por Salud más altas, desde donde se le mire es y será un NEGOCIO.
En estos días el Tribunal Constitucional, que atendió la solicitud de la bancada de Diputados Socialistas para DEROGAR el Artículo 38 TER de la Ley de ISAPRE, cuyo texto permite aumentar unilateralmente los costos de los Planes de Salud de cada beneficiario, está oyendo los argumentos de las partes para proponer un fallo. El texto señala en lo medular “para determinar el precio que el afiliado deberá pagar a la Institución de Salud Previsional por el plan de salud, la Institución deberá aplicar a los precios base que resulten de lo dispuesto en el artículo precedente, el o los factores que correspondan a cada beneficiario, de acuerdo a la respectiva tabla de factores. La Superintendencia fijará, mediante instrucciones de general aplicación, la estructura de las tablas de factores, estableciendo los tipos de beneficiarios, según sexo y condición de cotizante o carga, y los rangos de edad que se deban utilizar. Cada rango de edad que fije la Superintendencia en las instrucciones señaladas en el inciso precedente se sujetará a las siguientes reglas: ... podrán establecer nuevas tablas cada cinco años, contados desde las últimas informadas a la Superintendencia, manteniéndose vigentes las anteriores en los planes de salud que las hayan incorporado. Las Instituciones de Salud Previsional estarán obligadas a aplicar, desde el mes en que se cumpla la anualidad y de conformidad con la respectiva tabla, el aumento o la reducción de factor que corresponda a un beneficiario en razón de su edad, y a informar al cotizante respectivo mediante carta certificada expedida en la misma oportunidad a que se refiere el inciso tercero del artículo 38”.
Como se puede ver, la OBLIGACIÓN DE AJUSTAR es el mandato de la Ley que favorece al NEGOCIO. Por otro lado, ha sido interesante también escuchar las declaraciones de los representantes de las ISAPRE, quienes han manifestado que “contar con una política de costos plana, afectará a los jóvenes quienes tendrán que asumir el precio de los planes de los adultos mayores”, o bien, “FONASA se verá sobrepasado con la fuga de cotizantes al sistema público” .
A mi juicio, todo negocio para que sea productivo y tenga resultados positivos, deberá tener clientes satisfechos, los que se transforman en cautivos en virtud del costo y de la calidad del servicio o del producto por el cual se paga. El efecto es evidente en este caso, algunas ISAPRE verán aumentados sus beneficiarios y otras simplemente desaparecerán.
Es saludable en definitiva, se discutan normativas tan verticales que poco o en nada favorecen a la ciudadanía, sino como siempre a unos pocos que lucran legalmente.

sábado, 7 de noviembre de 2009

ISAPRES, ... lucrativas pero malas perdedoras



“La Asociación de ISAPRES (Instituciones de Salud Previsional) y el Ministerio de Salud criticaron el aumento de la cantidad de recursos judiciales que presentan los usuarios en contra de las isapres”.
Increíblemente ambos organismos acusan una "industria de litigios" que busca fines de lucro considerando la cesión de las costas. En contraposición, los abogados se defienden manifestando que sólo protegen los derechos de los usuarios, y aseguran que la justificación de las alzas por parte de las isapres es ilegal. Lo anterior se viene sucediendo en consideración a las alzas arbitrarias que las instituciones de salud aplican a los planes de sus afiliados, y por tanto es cada vez más notorio el aumento de estas presentaciones y recursos ante los tribunales de justicia. Este asunto es importantísimo de tratar pues tiene varias aristas:

Primero, calificar de penosa y casi vergonzosa la complicidad de un organismo ministerial (del estado) en conjunto con uno privado y con fines de lucro, para aparecer públicamente criticando las acciones que el derecho jurídico ofrece a los afiliados a esas instituciones de salud. Vale señalar que la condición de afiliado a una isapre, la brinda un contrato mutuo llamado Plan el que a su vez ha sido previamente diseñado, estructurado y confeccionado por un staff de abogados que la propia institución de salud posee. Por tanto rara vez el afiliado sabe a ciencia cierta, con qué trabas o limitantes se encontrará para acceder a los servicios de salud que requiera tanto de modo propio como familiar, asimismo, lo más relevante es que muy poco se conoce de las ecuaciones y factores contemplados en los planes para las aplicaciones de los reajustes anuales.
Segundo, la amenaza consecuente de las isapres, de subir -en virtud de los litigios perdidos- los planes de salud de sus afiliados, es una reacción que se podría calificar a primera vista como “histérica”. Aplico aquel concepto pues si esas instituciones han perdido causas en tribunales, es porque el derecho y la ley no fueron entonces acuciosamente estudiadas ni evaluadas por los “expertos” abogados a los que pagaron y pagan para el diseño de los planes. La responsabilidad por tanto es exclusiva, interna y privativa de las isapres.
Tercero, la abogacía a diario abre nuevos nichos de mercado para su desarrollo, lo que es natural y no veo por tanto que su dimensión adquiera el nombre de “industria del litigio” como la han llamado. Es saludable no olvidar que así como los organismos y las instituciones tienen estudios jurídicos y no pocos abogados para la defensa y protección de sus derechos, también cada ciudadano puede adquirir los servicios de un abogado para que ante los tribunales lo defienda. Así tengo entendido y como única modalidad, se ejerce en la actualidad la justicia.